SERÁ OBLIGATARIO CONTAR CON UN DOMICILIO FISCAL ELECTRÓNICO

octubre 5, 2018

Tanto si ya estás registrado ante AFIP como si tramitás una nueva CUIT (Clave única de identificación tributaria) ahora deberás informar un domicilio fiscal electrónico declarando un correo electrónico y un número de celular de contacto. De esta forma la AFIP cuenta con un domicilio virtual, seguro, personalizado y válido registrado por el contribuyente al cual notificarle comunicaciones tales como avisos, liquidaciones, resoluciones de trámites iniciados, etc. Facilitando de esta forma el cumplimiento de las obligaciones y eliminando la cédula en papel como forma de notificación, la cual podría extraviarse y no llegar al destino. La fecha de notificación será el día que se abre la comunicación o el lunes siguiente al día en que la comunicación esté disponible en el sistema, lo que ocurra primero. La fecha límite para informarlo es el 30/11/18. Podés leer la Resolución 4280/18 completa ingresando aquí

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FACTURA ELECTRÓNICA PARA MONOTRIBUTISTAS

octubre 5, 2018

A partir del mes de octubre todos los monotributistas deberán emitir sus facturas mediante sistemas electrónicos. Esto lo dispuso la AFIP mediante la Resolución General 4290/18, en la cual establece la forma en que deberán emitirse los comprobantes electrónicos y un cronograma sobre su implementación. La finalidad de esta medida es limitar la factura papel sólo para contingencias, registrando en las bases de AFIP todas las operaciones, disminuyendo los costos de impresión, distribución y almacenamiento de comprobantes. ¿Qué monotributistas deberán emitir comprobantes electrónicos? Los monotributistas de todas las categorías, salvo los monotributistas sociales ¿A que tipo de comprobantes se refiere? Facturas, notas de débito y crédito tipo “A”, “B”, “C” y “E” ¿Cómo hacer una factura electrónica? – Podes optar entre diferentes opciones: – Desde la web de AFIP (podes ver nuestro tutorial aquí para aprender a hacerlo) – Desde la app de AFIP (si tenés un celular o Tablet con sistema operativo Android versión mayor a 4.1 buscala en Google Play como – “Facturador móvil”) – Con un controlador fiscal homologado – Desde web services (deberás contar con un sistema informático que lo implemente) ¿Y si se corta internet o la luz o te quedaste sin sistema? Deberás contar con un talonario de facturas de resguardo para estos casos ¿A partir de cuándo se implementa? – La AFIP estableció un cronograma en función de la categoría de Monotributo en la cual te encuentres: – F a K: ya emiten factura electrónica – E: desde el 1 de octubre de 2018 – D: 1 de diciembre – C: 1 de febrero de 2019 – B: 1 de marzo de 2019 – A: 1 de abril de 2019 Si solo vendes a consumidores finales, la obligación de realizar facturas electrónicas será desde el 1 de abril de 2019, sin importar en que categoría te encuentres.

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