El 12 de junio de 2024, el Senado aprobó LA LEY DE BASES Y LAS MEDIDAS FISCALES PALIATIVAS Y RELEVANTES y ahora vuelve a Diputados para su aprobación.
Algunas de las modificaciones importantes que impactarían sobre los monotributistas son:

  • Las categorías I, J y K aceptaran monotributistas cuya actividad sea la locación de servicios (antes era solo para venta de productos)
  • El precio máximo unitario de venta para quienes vendan productos, no podrá superar los $ 385.000
  • La excepción vigente de ingresar el impuesto integrado queda eliminada
  • Los valores de las cuotas irán de $ 26.600 aprox. para la categoría A hasta $ 867.084 la categoría K de servicios y $ 377.084 la categoría K de venta de productos
  • La actualización de parámetros, que antes era anual (en enero) pasa a ser semestral (enero y julio) y se calculara por el IPC.
  • El Poder Ejecutivo Nacional podrá incrementar durante 2024 los distintos parámetros de monotributo, el pecio unitario de venta y el valor de la cuota.
  • Los monotributistas que quedaron excluidos desde el 1 de enero de 2024 a la fecha de entrada en vigencia de la ley podrán volver a adherirse, por única vez, sin tener que esperar los 3 años calendario que actualmente rigen.