Te contamos cuales son los items mas relevantes referentes al paquete fiscal que incluye la Ley de Bases aprobada el día de hoy:

• Los contribuyentes y responsables de las obligaciones tributarias y aduaneras y de los recursos de la seguridad social cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos, podrán acogerse por las obligaciones vencidas al 31 de marzo de 2024. Beneficios:
o dentro de los primeros treinta (30) días: condonación del setenta por ciento (70%) de los intereses resarcitorios y punitorios devengados a la fecha de adhesión con un plan de hasta 3 cuotas
o a partir de los treinta y un (31) días corridos y hasta los sesenta (60) días corridos desde la fecha de entrada en vigencia: condonación del sesenta por ciento (60%) de los intereses resarcitorios y punitorios devengados a la fecha de adhesión con un plan de hasta 3 cuotas
o a partir de los sesenta y un (61) días corridos y hasta los noventa (90) días corridos: condonación del cincuenta por ciento (50%) de los intereses resarcitorios y punitorios devengados a la fecha de adhesión con un plan de hasta 3 cuotas
o Dentro de los primeros noventa (90) días corridos: condonación del cuarenta por ciento (40%) de los intereses resarcitorios y punitorios devengados a la fecha de adhesión con un plan que establezca AFIP a tal fin
o a partir de los noventa y un (91) días corridos: condonación del veinte por ciento (20%) de los intereses resarcitorios y punitorios devengados a la fecha de adhesión
o Serán condonados de pleno derecho la totalidad de los intereses resarcitorios y/o punitorios correspondientes a las obligaciones fiscales (incluye anticipos ordinarios y/o extraordinarios o pagos a cuenta) canceladas con anterioridad al 31 de marzo de 2024.
o A los fines de la aplicación de los honorarios correspondientes a deudas incluidas en el presente régimen, se reducirán en un cincuenta por ciento (50%) si la adhesión al régimen por parte del contribuyente se realiza dentro de los primeros noventa (90) días corridos desde la fecha de entrada en vigencia